La STS de Justicia de Madrid de 6 de julio de 2016, que declara exenta en el IRPF la prestación por maternidad percibida del INSS, deja la puerta abierta a contribuyentes que se encuentren en la misma situación a reclamar por las cantidades indebidamente satisfechas. Las alternativas para ello pueden ser diferentes según se trate de contribuyentes con domicilio fiscal en Madrid o fuera de dicha Comunidad. Sin duda para los domiciliados en Madrid la vía procesal más rápida es la solicitud de extensión de efectos de Sentencias.
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8 years agoHola, esto es un comentario.
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